Al contraer matrimonio, una de las cuestiones más relevantes en cuestión legal y financiera tiene que ver con los bienes mancomunados, que son un tipo de régimen de sociedad conyugal en el que se comparte la propiedad de los inmuebles de cada uno de los cónyuges.
Es importante que estos temas se traten antes de formalizar la unión para evitar problemas en caso de un divorcio. De esta manera, cada persona puede estar tranquila y tener en cuenta su bienestar financiero a futuro.
¿Qué son los bienes mancomunados?
En el caso de los bienes mancomunados o de sociedad conyugal, una vez se firma el matrimonio civil, cada bien que sea adquirido pasa a ser propiedad de las dos personas. A cada miembro de esta sociedad le pertenece el 50 % de la propiedad.
Dentro de este acuerdo, se pueden o no tener en cuenta los bienes adquiridos antes del matrimonio. También puede decidirse si se incluyen los bienes que son adquiridos antes, pero que se siguen pagando aún después de haberse casado.
Existen varios regímenes de sociedad conyugal como el de los bienes separados o mancomunados. Cada uno de estos dos, cuenta con características particulares que pueden favorecer los intereses de cada persona que va a casarse.
Tipos de bienes mancomunados y capitulaciones matrimoniales
Algo importante antes de contraer matrimonio es entender que los bienes mancomunados pueden ser de dos tipos:
- Universales. Todo el patrimonio de los cónyuges se convierte en uno solo. Aquí se tienen en cuenta los bienes que se adquieren antes del matrimonio y después de este.
- Limitados. La unión del matrimonio solo afecta a los bienes que se adquieren después de celebrarse el casamiento.
Esto puede definirse cuando se firman los acuerdos que tienen que ver con las propiedades y los bienes de cada uno de los cónyuges.
Capitulaciones matrimoniales
En el artículo 189 el Código Civil Federal se habla de que las capitulaciones matrimoniales deben contener una serie de puntos que son:
- Listado de bienes. Cada una de las personas involucradas debe tener una lista con los bienes inmuebles que posee antes de casarse.
- Lista de deudas. Cada cónyuge debe contar con el listado de deudas que tienen antes de contraer matrimonio. En este punto, debe aclararse si el responsable de pagarlas será la misma persona que aparece como responsable, o si van a hacerse cargo las dos personas.
- Acuerdo sobre los bienes. En este apartado se debe clarificar si va a emplearse la modalidad de bienes mancomunados de manera universal o parcial.
- Producto del trabajo. Aquí se declara cómo va a ser la relación con las ganancias producidas por el trabajo de cada persona. Esto quiere decir que se puede elegir entre corresponderle exclusivamente a quien lo produce o si hay participación de ambos en las ganancias.
- Bienes futuros. Aquí se declara cómo se va a proceder con los bienes que se adquieran después de la unión matrimonial. Pueden pertenecer solo a la persona que los adquiera o repartirse a la mitad entre los cónyuges.
¿Qué pasa con los bienes mancomunados en el divorcio?
En caso de divorcio es normal que en una comunidad de bienes mancomunados se tomen como copropietarios los dos cónyuges. Esto se da así en caso de que no haya quedado establecido un acuerdo específico en las capitulaciones.
Lo anterior quiere decir que los bienes comunes son de las dos personas mientras exista la sociedad conyugal. Al momento del divorcio se da la separación de bienes que funciona de acuerdo a lo establecido según sea el caso.
Si no se establecieron capitulaciones precisas y el matrimonio estaba establecido bajo el régimen de bienes mancomunados, se deben tener en cuenta las siguientes reglas:
- En caso de que no pueda probarse, según lo establecido por la ley, que uno de los bienes solo le pertenezca a uno de los cónyuges, se toman como parte de la sociedad conyugal.
- Si no se establece en las capitulaciones nada distinto, estos son los bienes que se toman como propiedad de cada cónyuge por separado: bienes y derechos adquiridos antes del matrimonio; bienes adquiridos por herencia, legado o donación después del matrimonio; bienes adquiridos gracias a bienes propios, elementos de uso personal; elementos para ejercer su profesión.
Es importante que se aclare todo esto antes de contraer matrimonio, de esta forma, en caso de divorcio ya se conoce cómo serán repartidos los bienes. Los jueces pueden tomar decisiones respecto a la separación de bienes.
Es usual que sean divididos a la mitad, pero algunos pueden tomar como referentes otros criterios que van a depender de cada situación particular.
¿Qué elegir: bienes separados o mancomunados?
La elección debe tomarse según lo que se considere más útil para cada cónyuge. Algunas personas cuentan con relaciones en las que realizan aportes iguales o según sus capacidades financieras al hogar y esto les funciona bien.
Existen otras parejas que prefieren mantener sus finanzas por separado y llevan su relación de acuerdo a esto. Estas características de cada relación, deben ayudar a dirigir las decisiones que se tomen al formalizar el matrimonio.
Es vital tener en cuenta que en un régimen de bienes mancomunados puedes diferenciar los bienes adquiridos antes y después del matrimonio. De esta forma se puede trabajar en pareja para construir un patrimonio fuerte para los dos. En este régimen, también pueden compartirse las deudas.
Por otro lado, en el régimen de bienes separados, cada uno de los cónyuges construye su futuro financiero y su patrimonio de manera separada. Esto puede ahorrar problemáticas en caso de un divorcio.
Los bienes mancomunados son una herramienta de mucha utilidad para fortalecer las finanzas de la pareja y trabajar en construir un futuro juntos. Recuerda que siempre es útil que busques asesoría para aclarar dudas acerca de cómo puede afectar a tu situación cada régimen y cuál te conviene más de acuerdo a tu forma de vida actual.